1. Inscribe a tu personal en el RFC. No utilices el RFC genérico para operaciones con el público en general.
2. Genera y entrega a tu personal la factura de nómina por sueldos, salarios o asimilados a salarios.
3. Evita emitir facturas duplicadas. Valida la información en el Visor de nómina para patrones disponible en el Portal del SAT.
4. Clasifica correctamente las percepciones y deducciones.
No clasifiques como exenta
s percepciones que son consideradas gravadas.
5. Calcula correctamente las percepciones exentas conforme lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
6. Registra a tu personal en el régimen, y con las percepciones y deducciones con las que lo contrataste.
7. Si requieres descontar las percepciones reportadas en exceso, utiliza las claves de deducción denominadas "Ajuste".
8. Registra el subsidio para el empleo causado, aun cuando no se entregue efectivamente a tu personal.
9. No entregues cantidades de subsidio para el empleo mayores a los montos establecidos.
10. Clasifica el monto del ISR retenido correspondiente al periodo de pago con la clave "002" de deducción. Recuerda que la clave "101" (ISR Retenido del ejercicio anterior) se utiliza para reportar el resultado del cálculo anual del ISR.
11. Calcula el impuesto anual del ISR a tu personal cuando estés obligado a ello.
Recuerda que eres responsable solidario de la retención de impuesto que debes efectuar a los trabajadores.
12. Reporta los viáticos otorgados en el apartado de Otros Pagos, y su correspondiente comprobación en el apartado de Percepciones.
13. Reporta en la factura de nómina la prestación por concepto de fondo de ahorro.
14. La sustitución no es una forma de cancelación.
La clave "04" (Sustitución de CFDI previos) solo indica que una factura se sustituyó, el proceso de cancelación debe realizarse a través del Portal del SAT o bien, a través de un proveedor de certificación.
15. Inscribe a tu personal extranjero en el RFC.
No es válido utilizar el RFC genérico para residentes en el extranjero.
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